MOV-01 Solicitud de Autorización de Terraza
MOV-01 Solicitud de Autorización de TerrazaSOLICITUD OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON TERRAZAS DE BAR Y OTRAS INSTALACIONES AUXILIARES.
Normativa:
DISPOSICIONES GENERALES:
- En una única solicitud de ocupación se consignará el mobiliario y los elementos auxiliares que se desea instalar.
- Se consignará el número de licencia de ocupación de terraza.
- La autorización que se conceda se prorrogará anualmente de forma automática, siendo requisito imprescindible estar al corriente de toda obligación económica con el Ayuntamiento. En caso contrario, se procederá a la revocación inmediata de la autorización.
TEMPORADA: Anual.
MOBILIARIO:
Mesas:
- Tipo 1: Mesa cuadrada de hasta 80 cm de lado y cuatro sillas.
- Tipo 2: Mesa circular de hasta 75 cm de diametro y cuatro sillas.
- Tipo 3: Mesa alta, con cuatro taburetes, con altura mínima de 1,20 m y una superficie máxima de ocupación de 2,25 m2.
Parasoles y Sombrillas: Se podrá instalar una sombrilla por mesa.
Toldos Móviles: Son los que tienen su anclaje sobre la fachada del establecimiento, previa autorización de los propietarios o interesados afectados, y a la solicitud deberá acompañarse memoria en la que se exprese:
- Compatibilidad con el lugar donde se pretende llevar a cabo la instalación.
- Duración temporal de la instalación.
- Descripción de los materiales a utilizar, color y diseño.
- Cálculo con las hipótesis de esfuerzos de viento.
- Emplazamiento.
- Alzado y planta a escala 1:500
- Planos en los que figuren todos los elementos de mobiliario urbano que existan en la zona a ocupar.
Toldos Fijos: Son los que se sitúan directamente sobre la vía pública mediante anclaje permanente. Junto a la solicitud deberá aportarse memoria justificativa en la que se exprese:
- Compatibilidad con el lugar donde se pretende llevar a cabo la instalación.
- Duración temporal de la instalación.
- Descripción de los materiales a utilizar, color y diseño.
- Cálculo con las hipótesis de esfuerzos de viento.
- Emplazamiento.
- Alzado y planta a escala 1:500
- Planos en los que figuren todos los elementos de mobiliario urbano que existan en la zona a ocupar.
Estufas: Se podrán instalar del 1 de octubre al 31 de marzo, en una proporción de una por cada cuatro mesas. Junto con la solicitud deberá aportarse:
- Descripción.
- Certificado de instalación.
- Homologación de fabricante.
- Fotografías y situación.
- Seguro de responsabilidad civil.
Carteles: Son aquellos carteles informativos a ubicar a pie de terraza.
Otros: consignar cualquier otro mobiliario, equipamiento o instalación a localizar en la vía pública.
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL A LA SOLICITUD:
-
Declaración responsable de disponer de la licencia de apertura y funcionamiento del establecimiento.
-
Memoria justificativa de la instalación en relación con el entorno en el que pretende ubicarse, acompañada de un reportaje fotográfico del mobiliario que se desea instalar, y en la que deberá detallarse la extensión, carácter, forma, número y color del mobiliario y el periodo de actividad.
-
Plano expresivo del lugar exacto, forma de la instalación y tamaño de los elementos a instalar, en el que se refleje la superficie a ocupar, ancho de acera, distancia a las esquinas, paradas de autobuses, quioscos, así como los elementos de mobiliario urbano existentes.
-
Enumeración detallada de todos aquellos elementos auxiliares que pretenden instalarse junto a la terraza, así como inclusión de fotografías en el reportaje fotográfico.
-
Cualquier otro documento que se estime oportuno.
PROCEDIMIENTO:
- Las solicitudes deberán presentarse con una antelación mínima de un mes a la fecha estimada para el inicio de la instalación y funcionamiento de la terraza.
- El plazo máximo para resolver y notificar las licencias y renovaciones será de dos meses. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere dictado y notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.
- Las modificaciones que se quieran realizar en la autorización concedida, en cuanto a número de mesas o ubicación, deberán hacerse antes del 31de diciembre.
NORMATIVA:
- Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas de Bar y Otras Instalaciones Auxiliares. (B.O.P. Nº 58 de 24-05-2013).
https://ayuntamiento.cuenca.es/ordenanzas-municipales
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Ocupación de Terrenos de Uso Público con Mesas y Sillas con Finalidad Lucrativa.
https://ayuntamiento.cuenca.es/ordenanzas-fiscales